Aldo Gómez es abogado laboralista con oficina en Freire 821, Quilpué — a pasos de la Inspección del Trabajo provincial de Marga Marga. Defendemos a trabajadores y empresas en toda la comuna: Belloto, Pompeya, Paso Hondo, El Sauce, Los Pinos, Las Palmas, Quilpué centro, Estación Quilpué. Llevamos casos de despido injustificado, autodespido, accidentes del trabajo, tutela laboral, cobranza, Ley Karin y Ley 40 Horas ante los Juzgados de Letras del Trabajo de Quilpué y Valparaíso. Plazo legal para demandar: 60 días hábiles. Operamos con honorarios contingentes — sin costos iniciales para trabajadores. Consulta gratuita por WhatsApp 24/7.
Nuestra oficina está en Freire 821, Quilpué, en pleno centro de la ciudad, a pocas cuadras del estación de Metro Valparaíso, de la Plaza Vicuña Mackenna y de la Inspección Provincial del Trabajo de Marga Marga. La ubicación es estratégica: muchos trámites previos a la demanda (reclamos, comparendos, ratificación de finiquitos) se realizan en la propia Inspección, y poder coordinar todo en el mismo día le ahorra al trabajador desplazamientos innecesarios.
Atendemos casos en toda la comuna y la provincia: trabajadores de retail, manufactura, salud, educación, construcción, transporte y servicios. Quilpué concentra empleo de empresas distribuidoras, plantas industriales en el cordón de Belloto, comercio en Av. Vicuña Mackenna y servicios profesionales en el sector centro. Conocemos los perfiles de empleadores locales y las prácticas frecuentes — desde uso indebido del Art. 161 hasta finiquitos firmados bajo presión.
El estudio combina derecho del trabajo y derecho concursal. Esta doble experticia es decisiva en Quilpué, donde varias empresas medianas han atravesado dificultades financieras: si su empleador entra en liquidación, sabemos personarnos en el procedimiento, verificar el crédito laboral con privilegio del primer orden (Art. 61 CT) y recuperar lo adeudado antes que otros acreedores. Casos en construcción, retail y empresas de servicios donde una sola demanda laboral coincide con una liquidación concursal son frecuentes — y se ganan cuando se entienden las dos áreas.
Trabajamos con honorarios contingentes para causas de trabajadores: sin pago inicial, sin gastos durante el proceso. El porcentaje se descuenta solo del monto efectivamente recuperado. La primera consulta —revisión de carta, finiquito, contrato, certificados— es siempre gratuita y confidencial. Atención por WhatsApp 24/7, correo electrónico, videollamada o presencial en oficina.
Cada artículo del Código del Trabajo aplicable lo invocamos en la demanda con la jurisprudencia más reciente.
Causal económica más invocada. Exige hechos concretos. Si no se acredita: recargo 30%.
60 días hábiles para demandar despido injustificado. Recargos 30% / 50% / 80% / 100%.
El trabajador pone fin al contrato por falta grave del empleador y cobra indemnización + recargo.
Empleador con cotizaciones impagas sigue pagando remuneraciones hasta convalidar (tope 6 meses).
Procedimiento preferente por vulneración de derechos fundamentales. 6 a 11 meses adicionales.
Cubre accidentes laborales y de trayecto. Demandable al empleador por daño moral.
En materia laboral los plazos son de caducidad: si los deja pasar, pierde el derecho.
Para demandar tras despido injustificado o autodespido.
Suspensión por reclamo ante la Inspección del Trabajo.
Prescripción para demandar al empleador por accidente del trabajo.
Prescripción general de acciones laborales (Art. 510 CT).
Confidencial. Sin compromiso. Respuesta en menos de 2 horas hábiles. Honorarios contingentes — usted solo paga si gana.