La Ley 21.561 (Ley 40 Horas), promulgada en abril de 2023, reduce gradualmente la jornada ordinaria semanal de 45 a 40 horas. La implementación es progresiva: 44 horas desde abril 2024, 42 horas desde abril 2026, 40 horas desde abril 2028. La ley introduce además la jornada 4×3 (cuatro días trabajando, tres descansando), bandas horarias de hasta 1 hora de flexibilidad para padres/cuidadores, distribución promedio de la jornada por hasta 4 semanas, y nuevas reglas para teletrabajo y modificación de horarios. Asesoramos a empresas en la actualización de contratos y reglamentos internos, y a trabajadores cuando se les niega lo que la ley les otorga.
Para empresas: auditamos sus contratos, anexos y reglamento interno. La Ley 40 Horas exige que las modificaciones de jornada se reflejen por escrito en anexos firmados por cada trabajador. Una empresa con 100 trabajadores y contratos desactualizados está expuesta a 100 reparos de la Inspección — multa de hasta 60 UTM por infracción. Diseñamos anexos tipo, los adaptamos según función (jornada ordinaria, jornada 4×3, trabajo por turnos, teletrabajo), y coordinamos la firma masiva. Actualizamos el Reglamento Interno (Art. 153 CT) para reflejar bandas horarias, jornada distribuida en hasta 4 semanas y derechos de cuidadores.
Asesoramos en la elección del esquema más conveniente: distribución promedio para empresas con estacionalidad, jornada 4×3 para servicios continuos (retail, hotelería, salud), bandas horarias para empresas con personal con responsabilidades familiares. Para cada esquema definimos las salvaguardas que evitan reparos: límites diarios (10 horas para 4×3), descansos obligatorios, registro de asistencia conforme al D.S. 57/2024, comunicaciones al trabajador y a la Dirección del Trabajo.
Para trabajadores: revisamos si su empleador implementó correctamente la reducción de jornada. Muchos trabajadores siguen con jornada de 45 horas en sus contratos mientras debían pasar a 44. Si la empresa no actualizó, usted puede reclamar ante la Inspección y exigir devolución del valor de las horas extras de las semanas en que trabajó más de lo legalmente exigible. También revisamos derechos de cuidadores (banda horaria para padres con hijos menores de 12 años) que muchas empresas siguen negando.
Tarifa fija con presupuesto cerrado para empresas según número de trabajadores y complejidad de turnos. Para trabajadores, honorarios contingentes — sin costo inicial.
Cada artículo del Código del Trabajo aplicable lo invocamos en la demanda con la jurisprudencia más reciente. No es litigio improvisado — es estrategia documentada.
Reduce la jornada ordinaria semanal de 45 a 40 horas en 5 años. Promulgada en abril de 2023.
Define la nueva jornada legal y permite distribución de hasta 4 semanas como promedio (con tope diario de 10 hrs.).
Permite distribuir las 40 horas en 4 días, descansando 3, con tope diario y descansos compensatorios.
Trabajadores con hijos menores de 12 años pueden adelantar/atrasar hasta 1 hora la entrada y salida.
Empresas de 10+ trabajadores deben tener reglamento interno actualizado con las nuevas jornadas.
Reglamenta el control de asistencia electrónico obligatorio para verificar el cumplimiento de la nueva jornada.
En materia laboral los plazos son de caducidad: si los deja pasar, pierde el derecho.
Primera etapa de reducción de jornada (vigente).
Segunda etapa de reducción (próxima a aplicar).
Etapa final — jornada ordinaria definitiva.
Multa máxima por infracción a las normas de jornada por trabajador.
Confidencial. Sin compromiso. Respuesta en menos de 2 horas hábiles. Honorarios contingentes — usted solo paga si gana.