Artículo · 26 de octubre de 2026

Enfermedad profesional de salud mental: cómo se acredita

Una enfermedad es profesional cuando la causa de manera directa el ejercicio del trabajo y produce incapacidad o muerte (art. 7 de la Ley 16.744). Eso incluye trastornos de salud mental como el estrés, la ansiedad o la depresión, cuando se puede acreditar que vienen del trabajo.

Lo que hay que probar

Tres cosas para demandar

Para demandar al empleador hay que probar tres cosas:

Si la enfermedad se debió a culpa o dolo del empleador, usted puede reclamarle las demás indemnizaciones, incluido el daño moral (art. 69 de la Ley 16.744).

Prueba

Las pruebas que sirven

Acoso

Si hubo acoso

La ley define el acoso laboral como toda conducta de agresión u hostigamiento que tenga como resultado su menoscabo, maltrato o humillación, o que amenace o perjudique su situación laboral. Puede manifestarse una sola vez o de manera reiterada (art. 2 del Código del Trabajo). Si su enfermedad viene de ahí, guarde todo lo que lo demuestre.

Contrato vigente

Puede seguir trabajando

La demanda por el daño no exige que haya terminado su contrato. No deje pasar el tiempo: el plazo para demandar a la empresa es acotado.

Empleadores

Si usted es el empleador

Investigar a tiempo las denuncias y tomar medidas concretas frente a la sobrecarga es la mejor forma de cumplir su deber de protección.

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Cuéntenos su situación. Revisamos sus licencias y antecedentes, y le decimos qué corresponde. Escríbanos al +56 9 6549 2292.

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Fuentes
Ley N° 16.744, artículos 7 (enfermedad profesional) y 69 (demanda al empleador, incluido el daño moral). Código del Trabajo, artículos 2 (definición de acoso laboral) y 184 (deber de protección del empleador).
Le puede servir
Información general basada en la legislación vigente al 26 de octubre de 2026. Este artículo es informativo y no reemplaza la revisión de su caso.
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