Si se accidentó trabajando, o yendo o volviendo del trabajo, la ley lo protege. Lo que haga en los primeros días importa mucho. Aquí van los pasos.
Su empleador debe mandarlo de inmediato a la mutual de la empresa (ACHS, IST, Mutual de Seguridad o ISL). Si no lo manda, vaya usted por su cuenta: tienen que atenderlo de inmediato. Si es una urgencia, pueden llevarlo primero al centro de salud más cercano.
La empresa tiene 24 horas para avisar del accidente a la mutual. Ese aviso se llama DIAT. Si la empresa no lo hace, puede hacerlo usted, su familia, el comité paritario o el médico que lo atendió.
El accidente de ida al trabajo o de vuelta a la casa también cuenta, si iba por el camino directo. Hay que probarlo con el parte de Carabineros u otro medio igual de serio, como testigos.
Saque fotos del lugar y de la máquina o herramienta. Anote los nombres y teléfonos de los compañeros que vieron lo que pasó. Guarde los mensajes con su jefe, los papeles de la mutual, las licencias y las recetas. Escriba lo que pasó mientras lo tiene fresco.
Si la empresa le pide firmar una declaración sobre cómo fue el accidente, una renuncia o un finiquito, no firme sin entender. Léalo con calma y consulte antes.
La mutual le da la atención y los subsidios, pero no paga todo el daño. La empresa tiene que tomar todas las medidas para proteger su vida y su salud. Si el accidente pasó porque no lo hizo (sin capacitación, sin elementos de protección, con máquinas sin resguardo), usted puede demandarla por el daño que le causó, incluido el daño moral.
No deje pasar el tiempo. El plazo para demandar a la empresa es acotado: mientras antes revisemos su caso, mejor.
Mande al trabajador a la mutual y haga la DIAT dentro de 24 horas. Si el accidente es grave o fatal, avise de inmediato a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud, y suspenda la faena afectada.
Cuéntenos qué pasó. Revisamos su caso y le decimos si corresponde demandar. Escríbanos al +56 9 6549 2292.